Reconoció que en el país hubo una dilación injustificada de
trabajar para frenar la corrupción que ha sido un mal histórico en la
administración pública y la sociedad en general, pero desde hace más de dos
años los funcionarios se han encontrado con la realidad de que tienen que
rendir cuentas.
“Es útil porque se puede aclarar cualquier cuestionamiento de
su labor y es lo que hemos visto, que los involucrados siempre han estado
disponibles para responder por las cuestiones que se les sindican”, por lo que espera
que los procesos se realicen conforme con la ley.
Entrevistado en el programa televisivo “McKinney”, Rodríguez
dijo que con la puesta en marcha del Código Procesal Penal desde 2004, se
buscaba resolver la preponderancia de la prisión preventiva en los procesos
investigativos.
No obstante, el jurista manifestó que el sistema de justicia
refleja una cultura “netamente autoritaria” y se ha convertido en práctica
preponderante en el proceso penal, pero contraria al derecho porque “si es
preponderante no es excepcional y lo que dice la Constitución y el Código de
Procedimiento Penal es que la prisión preventiva es una medida de coerción
excepcional”.
Citó sin nombrarlo que un juez famoso dijo que en este país
“te aplauden por encarcelar y te critican por no enviar a la cárcel a una
persona”.
Consideró que el parámetro del que debe servirse un juez para
determinar si una persona enjuiciada va a la cárcel con prisión preventiva
“tiene que ser la ley y lo que dice la ley es que la regla es la libertad y las
excepciones son que si una persona señalada de la comisión de un hecho penal
representa un peligro para investigación, si puede obstruir la recolección de
pruebas, entonces hay justificación para privarlo de libertad en lo que se
investiga, para que no obstruya y no se evada del proceso”.
Rodríguez advirtió que el peligro de fuga o de obstrucción de
la investigación es algo que “tiene que establecerse, no puede ser porque
alguien (un fiscal) lo suponga y establecerse con parámetros mínimamente
razonables”.
El experto recordó que el peligro de fuga se evalúa por el
arraigo social, familiar, económico, porque si una persona investigada reúne
esas condiciones, es difícil justificar mandarlo a la cárcel a cumplir prisión
preventiva.
Ministerio Público con credibilidad
Expresó que la credibilidad que tiene hoy el ministerio
público con Miriam Germán como procuradora, Yeni Berenice Reinoso y Wilson
Camacho como investigadores, le permite obviar el envío de una persona a la
cárcel de forma innecesaria porque hay garantías de continuidad del proceso.
“Creo que la sociedad lo puede entender”, expuso el jurista,
quien agregó que “el rol decisivo es del juez, porque es quien toma la decisión
al final”.
Manifestó que lo que el común de la gente quiere “es que haya
condena, pero la prisión preventiva no es una condena, sino un instrumento de
garantía de la integridad del proceso”.
“Si no hay riesgo de obstrucción del proceso o peligro de
fuga, no hay mérito para la prisión preventiva. Porque hay un derecho fundamental
a un juicio en libertad”, argumentó Rodríguez, quien deploró que la prisión
preventiva persista como un problema.
Recordó que el rasgo definitorio del crimen es que actúa al
margen de la ley, por lo que “al crimen hay que combatirlo con el derecho en la
mano”, nunca por fuera de la ley.
“Al margen de la ley están los delincuentes, ese es su lugar.
La responsabilidad del sistema de justicia es, con la ley en la mano,
desautorizar al delincuente en la comisión del ilícito”, apuntó el jurista.
Rodríguez enumeró las fases del proceso diciendo que la parte
investigativa es secreta, la medida de coerción es a puerta cerrada (salvo que
los imputados acepten que sea abierto) y el juicio es oral, público y
contradictorio.
Dijo que el proceso es así porque todo imputado se considera
inocente hasta que recaiga sobre él una condena definitiva.
Citó el caso del exadministrador de la Lotería Nacional, Luis
Dicent, quien fue detenido en junio de 2021 y tras más de un año en prisión
preventiva, el tribunal lo descargó por insuficiencia de pruebas.
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imputados en caso 13
Judicialización de la política
Para el experto constitucionalista, a raíz de la lucha contra
la corrupción en la sociedad se han formado dos extremos: los que consideran
que la lucha se lleva para causar daño político y los que al combatirla, creen
que todo se vale.
“Ni una cosa ni la otra”, afirmó Rodríguez, quien expresó que
no cree que se trate de persecución política, pero critica “determinadas
acciones” como recurrir siempre a la prisión preventiva.
Consideró normal que el Partido de la Liberación Dominicana
(PLD) reaccione en derecho contra la prisión de sus dirigentes, pero el
incidente agresivo en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, la pasada semana,
“es injustificable”.
Delación premiada
Sobre la delación premiada, Rodríguez dijo que usa mucho en
Estados Unidos porque facilita orquestar el proceso, “pero no es una prueba
suficiente, sino que abre mecanismos que facilitan la investigación, pero
resulta cuesta arriba condenar a una persona por una delación, sin presentar
pruebas”.
Recordó que en el caso de la Lotería varios imputados
señalaron al administrador como el jefe del fraude, sin embargo, como eso no es
suficiente como prueba, el tribunal lo descargó.